jueves, 14 de octubre de 2010

Trabajo de Investigacion - Arbol de Problema

ARBOL DE SOLUCION



ARBOL DE PROBLEMA HOMICIDIO CULPOSO Y OMISION DE AUXILIO


CASO: Homicidio Culposo y Omisión de Auxilio

Parte Policial de Accidente de Transito con Derivación Fatal
 Me dirijo a esa Unidad Fiscal a objeto e elevar informe sobre una actuación policial en Accidente de Tránsito, choque de un camión contra una motocicleta (con derivación fatal), ocurrido en fecha 10 de marzo de 2010 siendo las 18:00 horas aproximadamente, sito a la altura del Km. 100 Ruta “José Gaspar Rodríguez de Francia” resultando victima el Sr. Juan Pérez, paraguayo de 18 años de edad, domiciliado en la Ciudad de Caaguazú que se desplazaba en una motocicleta de la marca Khenton color rojo con matricula Nº ADU987, expedida por la Municipalidad de Caaguazú, quedando con daños materiales, embestida por un camión de marca SCANIA Tipo 113 Frontal de Color Azul con chapa Nº BHC 897 con carreta de la marca Tacna tipo semiremolque de color azul, modelo 1997 con chasis Nº 22-22-22B de Paraguay inscripto a nombre del Sr. Cristian González con Cédula de Identidad Nº 2.567.987, guiado en ese momento por el Sr. Ramón Duarte, paraguayo de 29 años de edad con Cédula de Identidad Nº Y1234Z domiciliado en San Lorenzo, que no sufrió daño, que después del hecho se dio a la fuga en sentido Oeste hacia la Ciudad de Asunción.
Personal de esta Comisaría Nº 10 de Caaguazú a cargo del SUB-OFICIAL RAFAEL GARCIA Y SUB-OFICIAL SERGIO PEREZ, a bordo de la patrullera M71 acudiendo al lugar a raíz de una llamada telefónica recibida en la Oficina de Guardia de la Unidad por parte de una persona con voz masculina que no quiso identificarse, comunicando un accidente de tránsito en la dirección mas arriba señalada, accediendo rápidamente al lugar para constatar la veracidad del hecho; al llegar visualizaron a una multitud de personas rodeando el lugar del hecho. Así mismo el cuerpo de una persona de sexo masculino con vaquero azul y remera de color blanco tendido de boca abajo sobre la carpeta asfáltica al costado lado norte del puente que unen estas ciudades. El mismo se encontraba con lesiones ya sin signos de vida y la motocicleta se encontraba a cinco metros del cuerpo sobre la ruta asfáltica lado norte con daños materiales y un casco de color negro destrozado y esparcido en el lugar.
Según lo manifestado por el Sr. JORGE RUIZ, paraguayo de 55 años de edad, con Cédula de Identidad Nº 2.134.657, teléfono Nº 0981 836-678, domiciliado en la Ciudad de Caaguazú, por no haber testigos presénciales del hecho, este refiere que el mismo se deslazaba en un vehículo tipo furgón acompañado de su chofer circulando por la referida ruta en sentido Este y antes de alcanzar el puente se cruzó con un camión de carrocería azul de metal, con carpa amarilla yéndose a una velocidad no prudencial hacia la Ciudad de Asunción, el cual al cruzarse (con el camión) ya visualiza un cuerpo tendido en medio del puente procediendo a parar su rodado y verificar el cuerpo, dando aviso a los vecinos del lugar sobre el hecho. Luego de estas informaciones obtenidas, se impartió orden de captura por la frecuencia policial a las distintas unidades policiales, lográndose la captura del mencionado camión en un desvío de la calle San Antonio y San Pedro, camino que conduce a la ciudad aledaña, por personal policial de la Comisaría a cargo del Oficial Inspector CARLOS SALINAS, quedándose en el lugar en carácter de aprendido el chofer como así también el camión.
Se dio intervención al Fiscal del Crimen de Turno de la Unidad Nº 5 de la Ciudad de Caaguazú Abog. José Rojas para el procedimiento de rigor, el Médico Forense el Dr. Jorge Cáceres quien diagnosticó, en el lugar, como causa probable de muerte: “politraumatismo encefálico con aplastamiento y salida de masa cerebral en accidente de tránsito”. Luego el Fiscal interviniente dispuso el levantamiento y la entrega del asido al Sr. JUAN ROBLES, paraguayo, mayor de edad con Cédula de Identidad Nº 2.698.567, quien es padre de la victima. También se hizo presente en el lugar, personal de Criminalística con asiento en ciudad jurisdicción del accidente, a cargo del SUB-OFICIAL SERGIO PEREZ, para levantar evidencias del lugar, Bomberos Voluntarios de dicha ciudad y personal de la Empresa Constructora de Rutas. Posterior de realizado el procedimiento, el Fiscal se constituyó hasta el lugar donde se pudo aprender al conductor y al camión para mas averiguaciones, acompañado por personal de la Comisaría interviniente.
Se remite la motocicleta marca Khenton de color rojo, con daños materiales a disposición de la Unidad Fiscal. Se labró acta de procedimiento.

  
   RAFAEL GARCIA                                                                SERGIO PEREZ
   JEFE DE COMISARIA                                                         OFICIAL INTERVINIENTE



CASO MAYOR SERVIN

BREVE RESEÑA

El Militar de profesión, Mayor Servin, con orden de arresto por parte del tribunal militar el 22 de octubre de 1.999. Fue acusado de hacer política siendo militar activo, ya con intención de involucrarlo con la muerte del en ese entonces Vicepresidente de la Republica Luis María Argaña, diciendo que el mismo declaró haber contratado a los sicarios Luis Rojas, Constantino Rodas, Fidencio Vega y Pablo Vera Esteche. Condenado a 25 años de reclusión. Estuvo encerrado con privación de libertad durante 11 años. La corte suprema de Justicia lo absolvió el 13 de setiembre del 2.010., el Mayor Servin dice: Mi pecado era haber prestado servicios a cargo del comandante del Ejército, el general Oviedo. Muchos fuimos pasados a retiro por el presidente Wasmosy. Con Cubas nos reincorporamos. Mi proceso, que se inició en el tribunal militar, terminó sin sentido así como empezó, y como la otra acusación era más grave, me trasladaron de Itauguá a la Armada, primero en el Arsenal y después en la Infantería de Marina y dice también: Me acusaron de hacer política siendo militar activo, un invento de los superiores que cumplieron al pie de la letra la orden del hoy tristemente célebre ministro de Defensa Nelson Argaña.
Actual mente quiere pedir indemnización y accionar contra todos los que lo perjudicaron y contra los que lo calumniaron y quieren seguir calumniando. No se olvida de la manipulación de algunos medios de prensa y sus periodistas alquilados que publicaron tantas calumnias sobre él.


OPINIONES DEL GRUPO

1
Yo opino que no se lo pudo haber acusado sin pruebas contundentes, que ante cualquier acusación de este estilo existe la duda razonable que siempre tendría que ser a favor del acusado, y que le privaron de su libertad durante 11 años para que luego se lo absuelva dejándolo con daños sicológicos, morales y físicos derivados del maltrato que en sus años de encierro.

2
     Es una prueba mas de injusticia y la influencia politica en meter la mano en la justicia en esta acusacion existio una duda juridica que lo logico tendria que favorecer al acusado segun nuestras leyes, el exmilitar once años despues fue beneficiado con la duda juridica tras hacer lugar al pedido de revision, por esto el militar no podra demandar al estado porque su condena no fue declarada injusta.

3

Con todo lo mencionado,y lo investigado,se puede apreciar, aunque no es el primero ni el ultimo caso en donde las influencias politicas, ejerce una preponderancia en las desiciones con respecto a las sentencias judiciales, permitiendo esto la falta de democracia e independencia total por parte de los tres poderes del estado, es claro que las fuerzas armadas de la republica cumple un rol muy importante en el ejecutivo, pero quedando en claro los ultimos sucesos de cambios constantes en las filas del mismo, se deja en claro que la mano de los politicos enbarra la la funcion del mismo, habriendo el desequilibrio de la patria  

ARBOL DE SOLUCION


Arbol de Problema realizado por el grupo

Arbol de Problema realizado por el grupo

Arbol de Problema realizado por el grupo

Desarrollo del caso hecho en clase (Hoja on la firma de los Profesores)